Los siniestros viales en Chile (fuente CONASET) señalan que cada año mueren en promedio 1.500 personas y cerca de 50.000 resultan lesionadas a causa de siniestros viales. Estas cifras resultan de especial consideración, ya que estos siniestros se encuentran entre las principales causas de muerte en el país y constituyen la primera causa de fallecimiento externo en niños, adolescentes y jóvenes. Por otra parte, se observa que entre las principales causas se encuentra el uso de drogas y/o la fatiga en el conductor, representando el 5% de los fallecidos. En este contexto la Resolución Exenta N°6.267 del Instituto de Salud Pública publicada en el Diario Oficial el 29 de octubre 2025, aprueba la obligatoriedad de rotular y entregar folletos de información al paciente y al profesional para productos farmacéuticos que contengan principios activos con efectos secundarios capaces de reducir la capacidad de reducir la capacidad de reacción o atención al volante. Se trata de una medida inédita en Chile, que exigirá a las empresas farmacéuticas incorporar un sello de advertencia con un pictograma, un automóvil dentro de un triángulo rojo, en el envase de aquellos medicamentos cuyos principios activos puedan afectar la concentración, somnolencia, los reflejos o la coordinación de quienes los consumen.
Por lo tanto, se trata de una información que busca advertir, más no prohibir, sobre los riesgos asociados al uso de ciertos medicamentos antes de conducir, incluyendo fármacos de uso frecuente, no solo los psiquiátricos, siendo algunos ejemplos aquellos para casos de alergias, resfríos, migrañas, dolor o incluso tratamientos con insulina, muchos de ellos disponibles sin receta médica.
Para ello, el ISP determinó una serie de principios activos sobre los cuales dichos medicamentos deberán contar con este distintivo, siendo algunos de ellos Clonazepam, Lorazepam, Tramadol, Codeína, Clorfenamina y Metamizol, entre otros.
![]()


